lunes, 1 de agosto de 2011

Colombia: Portabilidad numerica aun genera inquietudes en usuarios

Colombia: Portabilidad numerica aun genera inquietudes en usuarios: "El ministro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Diego Molano Vega, dijo que con la entrada en vigencia, hoy, de la portabilidad numérica en teléfonos móviles, es probable que un alto número de personas insatisfechas solicite el cambio de operador durante los próximos días, por lo que invitó a los colombianos a esperar para evitar congestiones.



La implementación del servicio generó una avalancha de preguntas de los lectores. Estas son algunas:



¿El número que uno conserva es la serie de los diez números o los siete dígitos después de los indicativos?



Los usuarios ahora son dueños de los 10 números, así cambien de operador.





¿Habrá cláusula de permanencia en el nuevo operador?



Los contratos de permanencia no desaparecen, al cambiar de operador se firmará un nuevo acuerdo con las condiciones establecidas entre la compañía prestadora del servicio y el usuario.



¿Están obligados los operadores a continuar con los precios para ciertos números inscritos en promociones?



Los planes, promociones y ‘números preferidos’ no pueden llevarse de un operador a otro. El usuario, al portar su número, podrá tomar cualquiera de los planes que ofrezca la compañía a la que ha elegido cambiarse.



Si tengo saldo en una línea prepago y me cambio, ¿pierdo todo?



El traspaso debe durar un máximo de cinco días hábiles, sin embargo, el cliente puede solicitar una extensión de ese periodo de tiempo si desea gastar los minutos que le sobren en su plan.



¿Ante quién me puedo quejar si los operadores no respetan la regulación?



Cualquier queja se tramita ante la Superintendencia de Industria y Comercio.



¿Qué debo tener en cuenta al solicitar la portabilidad?



Para llevar a cabo el cambio, el usuario solo deberá identificarse como dueño de la línea con su documento y no tener deudas vencidas con el operador. Los contratos de permanencia que existan deberán cumplirse, ya sea mediante el pago de una multa o cumpliendo el periodo estipulado.



Fuente: Portafolio

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